- Edad mínima de 15 años para conducir patinetes eléctricos.
- Casco homologado y chaleco reflectante son obligatorios.
- Prohibida la circulación por aceras y vías rápidas.
- Seguro obligatorio y registro en la DGT.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha una profunda renovación del Reglamento General de Circulación que afecta de lleno a los vehículos de movilidad personal, especialmente a los patinetes eléctricos. El próximo 1 de octubre de 2026 entrará en vigor la mayoría de las medidas, aunque algunas exigencias técnicas se retrasarán hasta 2027. El objetivo es reducir la siniestralidad y ordenar la convivencia en las ciudades.
La nueva regulación, recogida en el Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE el pasado 26 de junio, introduce cambios sustanciales para conductores y usuarios de patinetes, pero también para motoristas, ciclistas y peatones. Las normas buscan proteger a los más vulnerables y adaptarse a la realidad de unas calles donde estos vehículos han proliferado en pocos años.

Desde la fecha señalada, los patinetes eléctricos, catalogados como vehículos de movilidad personal (VMP), deberán cumplir una serie de requisitos obligatorios. Una de las novedades más destacadas es el establecimiento de una edad mínima de 15 años para poder conducirlos. Quienes incumplan esta norma se enfrentarán a multas que rondan los 100 euros, aunque la sanción será impuesta a los padres o tutores legales cuando el infractor sea menor de edad.
El uso del casco deja de ser opcional y se convierte en una obligación general para todos los usuarios, independientemente de la edad o del trayecto. Además, el casco deberá estar homologado o certificado según la norma UNECE R22. También se añade el chaleco reflectante como elemento obligatorio durante la noche o cuando existan condiciones de escasa visibilidad. En el caso de los riders o repartidores profesionales, esta exigencia se amplía a toda la jornada laboral.
Seguro, registro y certificado de circulación

La nueva normativa establece que todos los patinetes eléctricos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros. Además, tendrán que estar inscritos en el Registro de Vehículos de Movilidad Personal de la DGT y exhibir una placa identificativa o etiqueta que permita su identificación. También es preceptivo disponer de un certificado de circulación, que debe estar incorporado al vehículo mediante una placa metálica.
Estos requisitos se suman a la obligación de llevar luces delanteras y traseras, así como elementos retrorreflectantes. Aunque la exigencia de mantener las luces encendidas de forma diurna no será sancionable hasta el 1 de octubre de 2027, los patinetes ya deberán tenerlas instaladas desde el primer día. Hasta entonces, la medida queda en un periodo transitorio.
Restricciones de circulación: adiós a las aceras
Quizás uno de los cambios más visibles es la prohibición total de circular con patinetes eléctricos por las aceras. El reglamento reserva estos espacios exclusivamente para los peatones, por lo que los VMP tendrán que circular por la calzada urbana o, preferentemente, por los carriles bici cuando estén disponibles. También queda vetado el acceso a túneles urbanos, travesías y vías de alta capacidad como autopistas y autovías.
En ciudad, la velocidad máxima para estos dispositivos se fija en 25 kilómetros por hora. Además, se prohíbe el uso de auriculares y el teléfono móvil mientras se conduce, y los usuarios están sujetos a los controles de alcohol y drogas, con los mismos límites que los conductores de vehículos a motor.
Multas y sanciones para los infractores

El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones económicas que van desde los 100 euros hasta los 500 euros, dependiendo de la infracción y de la ordenanza municipal correspondiente. Por ejemplo, circular sin el casco obligatorio está tasado en 200 euros, la misma cuantía fijada para el incumplimiento del seguro o la falta de registro. En el caso de que un menor de 15 años conduzca un patinete, la multa será de 100 euros y recaerá sobre sus progenitores.
Además, las infracciones relacionadas con las normas de circulación (como invadir aceras o zonas peatonales) pueden ser sancionadas con hasta 200 euros por parte de la Guardia Civil o la Policía Local, según corresponda. Algunos ayuntamientos, como el de Soria, han optado por elevar el límite de edad a los 16 años dentro de su término municipal, lo que demuestra que las reglas locales pueden ser más estrictas que las estatales.
Cambios para motoristas, ciclistas y conductores

La reforma del Reglamento General de Circulación no solo afecta a los patinetes. Para los motoristas se introduce el uso obligatorio de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. Tampoco podrán conducir con sandalias o chanclas, una práctica habitual en verano que ahora se multa con 200 euros. Además, se les permitirá circular por el arcén derecho en caso de retención, siempre que no superen los 30 km/h y solo en tramos previamente señalizados.
Los ciclistas también tendrán que llevar casco en vías interurbanas, eliminándose la exención para condiciones de calor extremo o pendientes. Para los profesionales de reparto en bicicleta o VMP, el chaleco reflectante de alta visibilidad y el casco serán obligatorios en todo momento. En las ciudades, los turismos deberán mantener una distancia mínima de 5 metros al adelantar a un ciclista, reduciendo la velocidad en 20 km/h.
Por último, la normativa suprime las exenciones que permitían a taxistas, repartidores y profesores de autoescuela circular sin cinturón en zonas urbanas. Ahora deberán llevar el cinturón abrochado en todo momento, tal y como se exige al resto de conductores.
Calendario de aplicación y medidas diferidas

La entrada en vigor de la mayoría de las medidas está fijada para el 1 de octubre de 2026, pero no todas las exigencias se aplicarán de forma inmediata. El Real Decreto establece un periodo transitorio hasta el 1 de octubre de 2027 para dos requisitos técnicos: la obligación de que los cascos de los ciclomotores estén homologados bajo el reglamento UNECE R22 (hasta entonces bastará con que estén certificados) y el alumbrado diurno obligatorio para los VMP, que no será sancionable hasta esa fecha.
Asimismo, los patinetes que ya estaban en circulación y no cuenten con el certificado correspondiente podrán seguir usándose hasta el 22 de enero de 2027, siempre que cumplan con las condiciones de identificación y aseguramiento exigidas.
Queda claro que la nueva normativa apuesta por una regulación homogénea en todo el país, aunque los ayuntamientos puedan añadir restricciones adicionales. Las campañas de información puestas en marcha por varios municipios, como el Concello de Ponteareas, buscan que la ciudadanía conozca los cambios antes de que comiencen las sanciones. La convivencia entre los distintos actores de la movilidad urbana es el objetivo final.
Con la aplicación de estas nuevas reglas, los patinetes eléctricos dejan de ser un transporte sin normativa clara para convertirse en un medio con obligaciones y responsabilidades claras. La protección de los peatones, la reducción de los accidentes y la adaptación a una movilidad cada vez más diversa son los ejes de una reforma que marcará un antes y un después en las calles españolas. Conocer y cumplir las normas es esencial para evitar multas y, lo más importante, para circular con seguridad.
